THE OBJECTIVE
Tribunales

Alves podrá reclamar una indemnización de al menos 20.000 euros por 14 meses en prisión

El exfutbolista puede solicitar una reparación al Estado por daño a la imagen y lucro cesante cuando el fallo sea firme

Alves podrá reclamar una indemnización de al menos 20.000 euros por 14 meses en prisión

El exfutbolista Dani Alves este viernes en Esplugas de Llobregat (Barcelona). | David Zorrakino (Europa Press)

La absolución de Dani Alves puede ir acompañada de una «cuantiosa» reparación. La Sección de Apelaciones del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) revocó este viernes la sentencia que condenó al exfutbolista a cuatro años y seis meses de prisión por la agresión sexual a una joven en diciembre de 2022. Si la sentencia se convierte en definitiva, el brasileño podrá reclamar al Estado una indemnización por los 14 meses que pasó en prisión provisional. Los juristas consultados por THE OBJECTIVE consideran que la reparación oscilaría entre los 12.600 y 23.520 euros por el tiempo que ha pasado en la cárcel de forma indebida. Además, podría reclamar daños a la imagen y por lucro cesante.

Los baremos por estar recluido de forma indebida oscilan entre los 30 y los 56 euros diarios, según los expertos. «No existe una cantidad fija, se paga en función del caso, pero la Administración es muy reticente a hacerlo», explica María de la Torre, penalista en Govcom Abogados. La jurista recuerda varios antecedentes, como el del expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell, que recibió 70.000 euros por permanecer 645 días en prisión, aunque reclamó 29 millones. Dolores Vázquez, en cambio, no percibió nada por el caso Wanninkhof, un crimen que no cometió.

La resolución del TSJC sostiene que la sentencia inicial, promulgada por la Audiencia de Barcelona, presenta «déficits valorativos que impiden compartir la valoración del tribunal de instancia y la conclusión a la que llega». Los magistrados (tres mujeres y un hombre) no dan por acreditada la hipótesis acusatoria, aunque esto no supone afirmar que la tesis verdadera sea la que mantiene Alves. Ante las «insuficiencias probatorias», optan por hacer prevalecer el derecho a la presunción de inocencia.

Alves en prisión

Alves salió en libertad provisional en marzo del año pasado tras 14 meses de prisión preventiva al depositar un millón de euros. Una fianza que recuperará tras el fallo de este viernes. Sin embargo, los juristas inciden en que también tendrá derecho a una reparación cuando la sentencia sea firme. El artículo 293 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) establece que la reclamación de indemnización por un error en la Administración de Justicia debe ir precedida de una decisión judicial que reconozca el fallo expresamente

«Esta decisión podrá resultar directamente de una sentencia dictada en virtud de recurso de revisión», subraya la norma. El artículo 294 indica que tendrán derecho a ser resarcidas quienes, después de haber sufrido prisión preventiva, sean absueltas por inexistencia del hecho imputado o haya sido dictado auto de sobreseimiento libre. Y continúa: «La cuantía de la indemnización se fijará en función del tiempo de privación de libertad y de las consecuencias personales y familiares que se hayan producido».

Para activar el procedimiento es necesario que se agote la vía judicial. La Fiscalía y la joven que denunció a Alves estudian recurrir al Tribunal Supremo. «Una vez que sea firme, se puede solicitar por vía contencioso-administrativa una demanda de compensación económica contra la Administración de Justicia por haber permanecido 420 días en prisión de forma indebida», señala Alfredo Arrien, miembro de Paredes & Asociados. La abogada del exfutbolista, Inés Guardiola, dijo este viernes en los micrófonos de RAC1 que estudiaba pedir la indemnización.

De la Torre incluye otra derivada. En su opinión, la defensa de Alves también puede reclamar una indemnización por otros dos motivos. El primero, por perjuicio directo, ya que le habría provocado un daño al honor y a la imagen. «Se trata de un personaje público, reconocido, que vive de su imagen», insiste. En opinión de la jurista, el brasileño también podría reclamar una importante cantidad por lucro cesante: el dinero que ha dejado de ganar no solo por estar recluido en prisión, también por la pena de banquillo.

Rescisión del contrato

Alves fue acusado de una agresión sexual en enero de 2023, cuando tenía contrato en vigor con los Pumas de la UNAM. El exfutbolista abandonó México para atender la querella, pero al ser privado de libertad no pudo regresar. El club decidió rescindir el contrato del brasileño y ahora le ha demandado por incumplimiento. Una situación que deberá resolver el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS). Pero ese es ahora otro partido.

En caso de que Alves decida solicitar una indemnización por daños a la imagen o por lucro cesante, la cuantía se calcula mediante una proyección tanto del daño causado como del dinero que ha dejado de facturar. «El problema es que la jurisprudencia es exigua y este tipo de compensaciones están muy limitadas», subraya De la Torre. La jurista considera que si el Supremo mantiene la sentencia del TSJC, que afirma que no se puede probar la agresión, las posibilidades de que Alves sea resarcido económicamente se multiplican.

Un estudio del profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Valencia Gabriel Doménech destaca que desde 1990 hasta 2010 solo se indemnizaba a quienes demostraban su inocencia. A partir de ese año, solo a quienes habían sido acusados de un delito inexistente y, desde 2019, a todos los presos preventivos absueltos. El trabajo, publicado por la web Nada es gratis, cifra en 333 las personas que han obtenido una compensación económica desde 1990 por pasar tiempo en prisión de forma indebida.

No obstante, no existe ninguna ley que establezca la cuantía de las indemnizaciones. La investigación desarrollada por Doménech en colaboración con el economista Juan Luis Jiménez señala que, en 2022, quienes pasaron algún tiempo en prisión preventiva y luego fueron absueltos lograron una compensación media de 24 euros al día. Una cifra muy inferior a la que se cobraba en 1990, cuando alcanzaba los 210 euros al día.

Hay excepciones. Por ejemplo, el caso de un matrimonio que estuvo encarcelado por delitos de terrorismo (tres años en el caso del hombre, uno en el de la mujer). Ambos quedaron absueltos y, en febrero de 2023, la Audiencia Nacional ordenó al Estado a indemnizarles con casi medio millón de euros porque sus hijos menores habían quedado «en situación de desamparo». Meses más tarde, la Audiencia de Madrid obligó al Ministerio de Interior a abonar 45.000 euros a un preso que fue violado en su celda del Centro Penitenciario Madrid-III Valdemoro en septiembre de 2019. 

Publicidad
MyTO

Crea tu cuenta en The Objective

Mostrar contraseña
Mostrar contraseña

Recupera tu contraseña

Ingresa el correo electrónico con el que te registraste en The Objective

L M M J V S D